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Vender un barco en leasing: ¿cómo funciona?

Por Loan Salles, fundador de YachtVerify · Publicado el

En Francia e Italia en particular, muchas embarcaciones de recreo se financian mediante leasing, es decir, un arrendamiento con opción de compra (conocido en Francia como LOA) o un arrendamiento financiero. Mientras el contrato está en vigor, el barco no pertenece a quien lo usa. Venderlo es perfectamente posible, pero no como una venta ordinaria: la entidad financiera tiene algo que decir, y el orden de los pasos importa. Esta guía da orientaciones generales, no asesoramiento jurídico ni fiscal.

¿Quién es el propietario de un barco en leasing?

En un leasing o un arrendamiento con opción de compra, la entidad financiera compra el barco y lo arrienda a su cliente durante un periodo acordado. El cliente paga las cuotas, usa el barco y puede comprarlo al final del contrato ejerciendo la opción de compra, por el valor residual fijado al principio. Hasta entonces, el propietario es la entidad financiera: su nombre figura en el certificado de registro, y el arrendatario suele constar como usuario.

La consecuencia es sencilla: no se puede vender lo que no es suyo. Toda venta de un barco en leasing pasa, por tanto, por la entidad financiera.

Primer paso: pedir a la entidad financiera el importe de liquidación

Antes incluso de fijar un precio, pida a la entidad financiera el importe de liquidación anticipada: la cantidad que hay que pagar para poner fin al contrato en una fecha determinada (cuotas pendientes o capital vivo, valor residual, comisiones previstas en el contrato). Que pueda salir antes del final del plazo, y a qué coste, depende del contrato que firmó.

El importe de liquidación tiene una validez limitada, porque la cantidad cambia con cada cuota. Compárelo con la valoración de su barco. Si el barco vale más que el importe de liquidación, la diferencia le llega a usted en la venta. Si vale menos, lo que ocurre en un contrato reciente o con una entrada pequeña, tendrá que aportar la diferencia para liquidar el contrato.

Tres formas de vender

  • Rescatar el barco y venderlo después: usted paga el importe de liquidación, la entidad financiera le emite la factura de la opción de compra, el registro pasa a su nombre y usted vende como propietario. Es la vía más clara para el comprador, pero tiene que adelantar el dinero antes de cobrar el precio.
  • Que la entidad financiera venda al comprador que usted ha encontrado: usted pone fin al contrato designando al comprador, la entidad financiera factura el barco directamente al comprador y le abona a usted la diferencia entre el precio acordado y el importe de liquidación. Muchas entidades financieras aceptan esta fórmula; compruebe las condiciones y los plazos con la suya.
  • Ceder el contrato al comprador: él asume las cuotas pendientes y la opción de compra, y le paga a usted una compensación por el valor del barco que excede de lo que queda por pagar. La cesión requiere el acuerdo de la entidad financiera, que evaluará al nuevo cliente, y suele conllevar una comisión.

El IVA de un barco que sale de un leasing

En un leasing, el IVA se paga sobre las cuotas y después sobre el precio de la opción de compra, en lugar de una sola vez en la compra. En Francia e Italia, los contratos de leasing náutico se beneficiaron durante mucho tiempo de reglas de IVA específicas, modificadas en los últimos años; el tratamiento depende, por tanto, de la fecha del contrato. Para un comprador que quiere usar el barco en la UE, la cuestión es si el barco puede considerarse «IVA pagado» una vez liquidado el contrato.

La respuesta está en los documentos: el contrato, las facturas de las cuotas, la factura de la opción de compra o de venta emitida por la entidad financiera y, en su caso, una declaración de la entidad financiera sobre el IVA pagado. Reúnalos antes de poner el barco en el mercado. En caso de duda, haga revisar la situación por un asesor fiscal.

Lo que comprobarán el comprador y su bróker

  • el certificado de registro: a nombre de una entidad financiera, revela el leasing de inmediato, y el comprador preguntará cómo se organizará la venta;
  • el importe de liquidación o el acuerdo escrito de la entidad financiera para la venta;
  • la factura de la opción de compra o la factura de venta de la entidad financiera, que será su prueba de propiedad;
  • el contrato y las facturas de las cuotas, para la situación del IVA;
  • los papeles habituales: número de casco, declaración de conformidad CE, facturas de mantenimiento, lista de equipamiento.

En qué orden proceder

Empiece por el importe de liquidación y una valoración del barco, para saber dónde está. Después acuerde la vía de salida con la entidad financiera antes de aceptar una oferta: un comprador que descubre el leasing en el momento de firmar a menudo se echa atrás. En la venta, el pago del comprador se destina primero a liquidar el contrato; el resto le llega a usted. Cuente con el tiempo que necesita la entidad financiera para emitir sus documentos, y no deje que el comprador se lleve el barco antes de que el contrato esté liquidado y el registro transferido.

Cómo trata YachtVerify un barco en leasing

La valoración gratuita de YachtVerify le da un precio de partida que comparar con el importe de liquidación de la entidad financiera. Valoración orientativa. No sustituye a un peritaje. Si piensa vender, su solicitud de venta se envía a brókeres seleccionados de su zona; los brókeres gestionan con regularidad ventas en las que interviene una entidad financiera.

El sello Documentos verificados incluye un punto de leasing: cuando el registro está a nombre de una entidad financiera, se pide una declaración de esa entidad, y la ficha del barco indica, en un color neutro, que el leasing en curso se liquidará en la venta. Un barco en leasing sí se vende; lo que importa es que el comprador sepa a qué atenerse y que los documentos lo demuestren.

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